La Fiscalía denuncia por homicidio imprudente a la doctora y la gerente de una residencia de ancianos

El Ministerio Público asegura, en su primera querella, que las acusadas no atendieron el protocolo de actuación y derivación de pacientes Covid (ABC)

Redacción | Agencias | La Fiscalía ha presentado una denuncia contra la doctora y la gerente de una residencia privada de ancianos por los delitos de homicidio imprudente, denegación de asistencia sanitaria y omisión del deber de socorro. El Ministerio Público afirma, en la que es la primera denuncia de estas características que interpone, que las dos mujeres no atendieron al protocolo de actuación en casos previstos para pacientes con Covid-19, lo que provocó el fallecimiento de una mujer pocos días después de haber ingresado en el centro.

La residencia, de naturaleza privada y con 46 plazas, disponía de un equipo sanitario compuesto de un médico y una terapeuta. Durante la gestión de la primera ola de la pandemia, la atención sanitaria era prestada por la doctora A. M. G. La ahora acusada atendía de lunes a viernes, de 9 a 13 horas, y estaba «disponible el resto del tiempo en su teléfono móvil». Además, contó con la colaboración del equipo médico del centro de salud Isla de Oza, ubicado en el distrito de Moncloa-Aravaca. Sobre ella recaen los delitos de presunto homicidio imprudente y denegación de asistencia sanitaria.

Desde el 13 de marzo, «por disposición de las autoridades autonómicas competentes», se contaba también con el apoyo de una geriatra de referencia quien estaba a disposición del equipo sanitario de la residencia de 8 a 22 horas. Entre marzo y junio, dice la Fiscalía, se aprobó un protocolo que regía las interconsultas de las residencias y los centros hospitalarios, cuyo borrador fue remitido el día 19 de marzo de 2020 a este centro, a fin de ser tomado como documento de referencia para el manejo de los casos.

El «Protocolo de coordinación para la atención a pacientes institucionalizados en centros residenciales de la Comunidad de Madrid durante el periodo epidémico ocasionado por el Covid-19» fijaba algunos criterios de derivación recomendados y otros donde debía valorarse el manejo en residencia. Se establecía un sistema de comunicación con el hospital de referencia para que el geriatra de enlace decidiera si se beneficiarían más de su traslado hospitalario o de la asistencia en el centro residencial, tras realizar una valoración integral de los ancianos.

La Fiscalía sostiene que «desatendiendo todas estas previsiones que le eran –y debían ser- conocidas», la doctora no contactó hasta ocho días después de que la víctima comenzase a tener problemas respiratorios con el servicio de geriatría del Hospital Universitario Fundación Jiménez Díaz. Pese al rápido traslado al centro hospitalario dispuesto por la geriatra de referencia, no se pudo impedir su fallecimiento al día siguiente, como consecuencia de una parada cardiorrespiratoria.

La mujer fallecida, de 89 años, presentaba el 23 de marzo un cuadro inespecífico, que incluía saturación de oxígeno en sangre, según se recoge en el escrito del Ministerio Público. La doctora denunciada le pautó gafas nasales, consiguiendo que aumentara la saturación. Sin embargo, en lugar de ponerse en contacto con la geriatra de referencia, «como debería haber hecho según el protocolo vigente», llamó a otra doctora del centro de salud Isla de Oza para que tramitara la derivación hospitalaria.

Cuando al día siguiente la doctora de la residencia constató que el traslado no se había efectuado, consultó con el centro de salud, donde le indicaron que no había sido posible porque el 061 estaba aplicando protocolos de priorización de pacientes. «Lejos de llamar a la Fundación Jiménez Díaz para activar el protocolo de derivación que le correspondía, procedió a tratar a la usuaria en la residencia, donde no disponían de servicio de enfermería y a pesar de que su propio turno de asistencia terminaba a las 13 horas», explica la Fiscalía.

Dos días después de su ingreso en la residencia, la paciente mantenía estable la saturación de oxígeno en sangre, si bien tenía 37,1 de temperatura y crepitaciones leves bibasales en los pulmones, además de presentar un cuadro de vómito. «No obstante, ni ese día ni el siguiente, del que no hay registros médicos, se realizó consulta alguna con la geriatra de referencia, y ello a pesar de que el día 26 de marzo se comenzaron a hacer e-consultas», continúa el escrito. Entre las consultas electrónicas que se realizaron estuvo la del marido de la vícima, también contagiado, al que la geriatra de referencia le pautó oxigenoterapia y terminó sobreviviendo.

El 27 de marzo, A. M. G. decidió aumentar el oxígeno, con lo que consiguió una mejor saturación. Los días 28 y 29, «dado que era fin de semana», no se le realizó ningún examen porque no tenía servicio «y no dejó solicitada visita de los médicos de urgencia del centro de salud». Los hijos de la fallecida intentaron reiteradamente que acudieran a examinar a su madre, pero les dijeron que «no procedía y que la habían evaluado durante la semana». La gerente de la residencia tampoco se encontraba en las instalaciones, «dejando a la usuaria al cuidado de los gerocultores, que carecían de cualificación sanitaria».

Finalmente, el 30 de marzo, los familiares de la paciente averiguaron a través de personal del 112, que las derivaciones de usuarios institucionalizados en residencias eran posibles. Se pusieron en contacto con el servicio de atención al paciente del Hospital Universitario Fundación Jiménez Díaz, donde realizaron la consulta urgente a la geriatra de referencia, «que nada sabía sobre la situación de esta usuaria» y dispuso todo lo necesario para el traslado la mujer.

Paralelamente, un equipo médico del sistema de Salud Pública valoró junto a la doctora denunciada a la paciente que constató su «notable» empeoramiento durante el fin de semana en que no había recibido asistencia médica. «Desconociendo una vez más el protocolo, la doctora intentó una derivación a través del 061, siendo el personal de este servicio de emergencia quien le indicó que debía hacer la solicitud a través de la geriatra de referencia. En base a ello, realizó una e-consulta a las 11.56 horas, que fue inmediatamente contestada, a las 13.12 horas, por la geriatra. Esta gestionó personalmente el traslado urgente, enviando un mensaje de correo electrónico al jefe de guardia del Summa», concluye la Fiscalía.

Por último, la denuncia alude a que la gerente de la residencia era conocedora de la situación clínica de la paciente y de las posibilidades reales de tratamiento médico que tenía en su centro. Pese a ello, «nada dispuso para asegurar la cobertura sanitaria de la usuaria durante los periodos en que la doctora contratada se ausentaba de la residencia –especialmente durante el fin de semana anterior al fallecimiento- ni para alertar a las autoridades, con las que se mantenía en comunicación para requerirles medios materiales y personales para la gestión de la pandemia, de la necesidad de tratamiento urgente de la usuaria».

Fuente: ABC / Madrid – 15/12/2020

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